La suspensión provisional de los efectos del acto de elección proferido por el presidente de la Asamblea Departamental, Carlos Carvajal Jiménez, en la sesión plenaria celebrada el 30 de noviembre de 2020 por medio del cual declaró electa como presidente de la mesa directiva de la Corporación en el periodo iniciado el 1º de enero 2021 a la diputada Margith Bandera Espitia, decretó el Tribunal Contencioso Administrativo del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
La medida cautelar fue notificada de inmediato dando cumplimiento a lo ordenado en el artículo 11 del Decreto 806 del 2020, con fecha 14 de enero de 2021, proferida por el mencionado Tribunal.
El documento conocido ordenó estas medidas en los artículos 11 y 12, pero no contiene los restantes artículos del 1 al 10.
El Tribunal acogió la solicitud de la abogada Ligia Rojas
Como se recuerda la abogada Ligia Rojas Lobo había solicitado la suspensión provisional de los Actos Electorales demandados, contenidos en el audio de la sesión ordinaria del 30 de noviembre de 2020 realizada por la Asamblea, dispuesta para la Elección de los Dignatario de la Mesa Directiva de la misma, “llegando sólo a realizar la votación para elección de presidente, la que fue trastocada, por la declaratoria de Nulidad que hizo el Presidente de la Asamblea de los votos depositados a favor del candidato- diputado Escorcio Christopher quien resultó elegido presidente por la mayoría, como lo exige el Artículo 53 del reglamento Interno de esta Corporación”, dice el documento.
A la vez, -continúa la demanda de Rojas Lobo el mismo presidente Carvajal procedió a “declarar a la diputada Margith Bandera como presidente de la Mesa Directiva, periodo – 2021-, habiendo obtenido tan sólo cinco votos de los once, es decir no ostentó la ‘mayoría’ exigida por el reglamento interno para ser presidente titular, actuaciones que vulneran el debido proceso, y principios similares”, según la demandante.
Además, la abogada Rojas Lobo solicitó ante el Tribunal Contencioso Administrativo del Departamento Archipiélago de San Andrés Providencia y Santa Catalina, una acción de nulidad electoral ante lo ocurrido en la sesión de la Asamblea del 30 de noviembre, cuando no hubo acuerdo con la elección del presidente de la corporación.
La abogada elevó la demanda contencioso administrativa electoral con Medio de Control de nulidad electoral contra la Asamblea Departamental y vinculó a los diputados Margith Bandera Spitia y Escorcio Christopher Pomare.
La demanda solicitaba que se declarara la nulidad del Acto Administrativo electoral o Decisión Verbal “mediante el cual el señor Carlos Arturo Carvajal Jiménez, presidente de la Asamblea Departamental del Departamento Archipiélago de San Andrés Providencia y Santa Catalina declaró como elegida presidente de la Mesa Directiva a la Diputada Margith Bandera Espitia para el periodo – 2021-, contenido en el audio de la Sesión de noviembre 30 de 2020 llevada a cabo por dicha Corporación”, según el texto de la acción de nulidad.
En segunda instancia está acción pedía que “se declare la nulidad del Acto Administrativo electoral o Decisión Verbal mediante el cual el señor Carlos Arturo Carvajal Jiménez, presidente de la Asamblea declaró nulos los votos depositados mayoritariamente a favor del diputado Escorcio Christopher Pomare para presidente de la Mesa Directiva de la Duma.
Y además solicitó que, “en consecuencia, se otorgue plena validez a la elección como presidente de la mesa directiva de la Asamblea para el periodo – 2021- del diputado Escorcio Christopher Pomare, quien obtuvo la mayoría requerida por el Reglamento Interno”, sobre lo cual el Tribunal, en el radicado 88-001-23-33-000-2020-00096-00, no hizo alusión.